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09 febrero, 2016

Segur Ibérica miente una vez más al inspector de trabajo


   Era de esperar, una vez más, que Segur Ibérica hiciera su jugada para librarse de una posible sanción de la ITSS o para evadir responsabilidades y hacer frente a los problemas diario de los vigilantes en el servicio de Metro. Lo primero; mientiendo al inspector de trabajo diciendole que nos habían comunicado la cita de la inspección, MENTIRA, lo segundo; mintiendole al inspector en el procedimiento de comunicación de los vigilantes con sus emisoras, MENTIRA.
  • Todos los vigilantes cuenta con un modelo u otro de emisora y se están renovando MENTIRA
  • Instrucciones terminantes de que permanezcan juntos siempre MENTIRA
  • No se generan situaciones de riesgo que no se puedan comunicar MENTIRA
  • Todos los equipos están concetados con el Puesto Central de Seguridad MENTIRA  
  • En todas las estaciones hay cobertura de telefonía móvil MENTIRA  
   Siendo bien pensados, podemos casi comprender que, el responsable de la dirección jurídica y la responsable de personal puedan no conocer la operatividad de las emisoras de los vigilantes de Metro, pero el Jefe de Proyecto de Metro, dado sus conocimientos en 5 años en Metro, demuestra la poca importancia que le tiene a sus trabajadores, al no afrontar el problema diario de la falta de comunicación de los vigilantes que prestan servicios en las patrullas, problema que tiene que solucionar Metro pero a petición de la empresa. Bravo!! por faltar a la verdad al inspector de trabajo y encubrir dicha reunión, la que nunca se nos comunicó.
   Tomaremos las medidas oportunas para que el inspector de trabajo conozca la verdad.
  Gracias Jefe
 


Tenemos el video de la reunión con el inspector de trabajo , pincha para ver el video.




18 enero, 2016

OMBUDS echa a los vigilantes de Metro de Madrid - ACTA 1


   Ombuds se ampara en el Estatuto de los Trabajadores (art. 40 y 41) para sacar forzosamente a los vigilantes de Metro de Madrid.
   La empresa quiere aplicar el artículo 40 del Estatuto de los Trabajadores (Movilidad geográfica)
  "El traslado de trabajadores que no hayan sido contratados específicamente para prestar sus servicios en empresas con centros de trabajo móviles o itinerantes a un centro de trabajo distinto de la misma empresa que exija cambios de residencia requerirá la existencia de razones económicas, técnicas, organizativas o de producción que lo justifiquen. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa, así como las contrataciones referidas a la actividad empresarial.
La decisión de traslado deberá ser notificada por el empresario al trabajador, así como a sus representantes legales, con una antelación mínima de treinta días a la fecha de su efectividad.
Notificada la decisión de traslado, el trabajador tendrá derecho a optar entre el traslado, percibiendo una compensación por gastos, o la extinción de su contrato, percibiendo una indemnización de 20 días de salario por año de servicio, prorrateándose por meses los períodos de tiempo inferiores a un año y con un máximo de doce mensualidades..."
   También tiene intención de aplicar el artículo 41 del Estatuto de los Trabajadores (Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo)
"La dirección de la empresa podrá acordar modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo cuando existan probadas razones económicas, técnicas, organizativas o de producción. Se consideraran tales las que estén relacionadas con la competitividad, productividad u organización técnica o del trabajo en la empresa.
Tendrán la consideración de modificaciones sustanciales de las condiciones de trabajo, entre otras, las que afecten a las siguientes materias:
a) Jornada de trabajo. 
b) Horario y distribución del tiempo de trabajo. 
c) Régimen de trabajo a turnos. 
d) Sistema de remuneración y cuantía salarial. 
e) Sistema de trabajo y rendimiento. 
f) Funciones, cuando excedan de los límites que para la movilidad funcional prevé el artículo 39 de esta Ley...."



01 octubre, 2015

Denunciamos las emisoras de los vigilantes de Metro en Segur Ibérica



   Los trabajadores que prestaban servicio en los puestos de RUTAS (compuestas de dos componentes) en el Centro de Trabajo METRO; hasta el momento portaban una emisora cada componente.
   Desde hace unos meses la empresa les han retirado un radiotransmisor (walkie) y se lo han sustituido por otra emisora de diferente modelo programado a distinta frecuencia, que imposibilita que ambos vigilantes se puedan comunicar entre sí a través de los mismos, y dejando a uno de los dos componentes incomunicado ante una situación de emergencia o cualquier otra situación que justifique el uso del mismo.
      El problema viene cuando se alejan físicamente un componente del otro, ante una incidencia; el trabajador que porta la emisora nueva no puede ponerse en contacto con el Puesto de Control de Seguridad para solicitar asistencia sanitaria, policía, bomberos, etc., tampoco puede contactar con otros vigilantes o inspectores que estén en las estaciones, y ni siquiera pueden contactar con su compañero de ruta. El vigilante que porta la emisora nueva queda totalmente desprotegido e incomunicado.
   Todas estas explicaciones no serían tan graves si no fuese porque los componentes de las rutas se alejan físicamente entre sí más de lo habitual, en situaciones como; desalojo de trenes y estaciones, operativas de discotecas, manifestaciones, grandes aglomeraciones, acompañamientos de SAMUR, etc.)
   Los trabajadores no se niegan a portar este nuevo radiotransmisor; lo que reivindican, y así nos lo han trasladado, es que ambos componentes porten radiotransmisores con la misma frecuencia, para que los dos componentes estén plenamente comunicados. 
   Debido al pasotismo y a la ineficacia de la empresa Segur Ibérica y del Comité de Salud Laboral, del que forman parte los miembros de UGT y USO, nos vemos en la obligación de poner en conocimiento del Inspector de Trabajo la siguiente denuncia:





29 marzo, 2015

Seguridad Integral Canaria despide a 12 vigilantes por incapacidad temporal

   Seguridad Integral Canaria realizó un despido objetivo hace unos días a 12 trabajadores de Metro de Madrid, acogiéndose al artículo 52 del Estatuto de los Trabajadores. Nos parece una forma poco honrosa y rastrera de deshacerse de los trabajadores, yendo a por los más débiles e indefensos.
   Tampoco nos parece bien las reuniones particulares que tienen otros sindicatos como SIV y UIT donde la empresa les informa sólo a ellos lo que concierne a la gran masa de los trabajadores de Metro. Las asuntos tan importantes como los despidos se deben de tratar antes que sucedan y no esconder la cabeza en la tierra como los avestruces esperando que no te vean y que no sucedan las cosas. Las cosas no se arreglan solas acosenjando que no recepcionen un papel y ya está.
   Sólo ha habido un sindicato que ha reaccionado rápidamente y se ha puesto a funcionar de inmediato, ese sindicato es EPS, y es el sindicato con el que actualmente colaboramos porque hace las cosas bien (VER Escrito 4).
   Estamos en el proceso de un ERE donde está en juego muchos puestos de trabajo y muchas familias que dependen de los mismos y lo único que se hace es esconder la cabeza o mirar hacia otro lado. Seguimos pidiendo a los trabajadores que luchen, pero ellos no ven luchar a la mayoría de sus representantes sindicales. Desde que se sabe que SIC iba a hacer reducciones muy duras de trabajadores en Metro ¿qué han hecho la mayoría de los sindicatos?

Escrito 4